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Código Fiscal Artículo 31 A Estado de Jalisco


Código Fiscal Jalisco
Artículo 31 A.

En el caso de que con motivo de sus facultades de comprobación, las autoridades fiscales soliciten datos, informes o documentos del contribuyente, responsable solidario o tercero, se tendrán los siguientes plazos para su presentación:

Los libros y registros que formen parte de su contabilidad, solicitados en el curso de una auditoría, deberán presentarse de inmediato, así como documentos, cintas o cualquier otro medio de almacenamiento electrónico, en su caso.

Diez días contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación de la solicitud respectiva, en los demás casos.

Los plazos a que se refiere este inciso, se podrán ampliar por las autoridades fiscales, a solicitud del contribuyente; por diez días más, cuando se trate de informes cuyo contenido sea difícil de proporcionar o de difícil obtención. 



Estado de Jalisco Artículo 31 A Código Fiscal
Artículo 1 ...30 31 31 A 31 B 31 C ...210
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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